Accidentes
Su objeto es el de garantizar una indemnización por las consecuencias que pueda sufrir el asegurado a causa de un accidente corporal.
Debe comprenderse como accidente a toda causa externa, violenta, súbita y ajena a la intencionalidad del asegurado que afecte a su integridad física.
Esta modalidad de seguro ofrece una gama de opciones que conviene señalar:
> El seguro puede contratarse para una persona o para un colectivo.
> También puede contratarse para cubrir los riesgos de la actividad profesional, para la extraprofesional o para ambas simultáneamente.
> Como colectivo, pueden acordarse libremente los capitales o supeditarse a los compromisos de un convenio laboral.
> Se recomienda que siempre se señale a los beneficiarios para cuando la indemnización no pueda percibirla el propio asegurado.
> También queda condicionado a los ámbitos territorial y temporal de cobertura.
> Las prestaciones más genéricas son: fallecimiento, invalidez permanente, incapacidad temporal y asistencia sanitaria.
Canet y Zaragoza Correduría de Seguros. Tu Gestor personal de Seguros.
Lee nuestra política de Protección de Datos
